viernes, 18 de febrero de 2011

BALANCE ECONÓMICO 2.010

Económicamente, en el año 2.010, se ha alcanzado el presupuesto previsto y se ha acabado el año con balance positivo.
Dada la situación económica actual, desde el Comité queremos felicitar a todas las trabajadoras y a todos los trabajadores de la Empresa, ya que sin ellos este resultado no hubiera sido posible.

martes, 15 de febrero de 2011

FESTIVOS EN CARTAGENA EN EL AÑO 2.011

Los días festivos en Cartagena para el año 2.011 son los siguientes:

a) Fiestas en todo el ámbito del territorio de la Región de Murcia, que serán inhábiles a efectos laborales, retribuidas y no recuperables:

Todos los Domingos del año.

1 de Enero, Año Nuevo.

6 de Enero, Epifanía del Señor.

19 de Marzo, San José.

21 de Abril, Jueves Santo.

22 de Abril, Viernes Santo.

2 de Mayo, lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo.

9 de Junio, Día de la Región de Murcia.

15 de Agosto, Asunción de la Virgen.

12 de Octubre, Fiesta Nacional de España.

1 de Noviembre, Todos los Santos.

6 de Diciembre, Día de la Constitución Española.

8 de Diciembre, Inmaculada Concepción.

Fiestas locales de Cartagena:

15 de Abril
23 de Septiembre

Ver más:
http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=24313&IDTIPO=60&RASTRO=c927$m6351

sábado, 5 de febrero de 2011

PLATAFORMA CONVENIO

La Plataforma de Convenio presentada a la Empresa por los trabajadores, una vez aprobada y votada por la mayoría es la siguiente:

Resumen de los principales cambios:


Plataforma completa:

ANGELA MERKEL

La canciller alemana Angela Merkel, en su reciente visita a España, ha declarado que la revisión salarial no debe estar vinculada al IPC, si no que se deben subir cuando se ha ganado algo o hay beneficios. Como desde hace algún tiempo, cualquier medida o cualquier sugerencia que viene desde Alemania se aplica, hay que hacer varias puntualizaciones:

- Angela Merkel no es precisamente socialdemócrata, pertenece a la Unión Demócrata Cristiana de Alemania (CDU).

- Alemania, hoy por hoy, es muy diferente a España, a parte de la idiosincrasia propia de cada pueblo, en aspectos económicos, sociales y políticos no tienen nada que ver. Alemania, a diferencia de España, tiene un tejido industrial muy desarrollado y muy asentado durante años (tras la 2ª Guerra Mundial es el motor de la Europa continental junto con Francia), estos aspectos económicos dibujan una sociedad que no se aproxima en nada a la realidad española. Por tanto, es extremadamente osado, sugerir a un país, que desconoce totalmente, cualquier medida que tenga que llevar a cabo.

- Para que lo que ha dicho Angela Merkel se pudiera llevar a cabo en España, los trabajadores deberían influir y decidir en los procesos productivos de las empresas (hasta ahora los empresarios no han querido) ya que si su salario va a estar ligado a los beneficios de la empresa, también debería decidir en ella.

- En un país como España, para que lo que ha dicho la canciller se pudiera hacer, se deberían fiscalizar, de verdad, las cuentas de las empresas y que en todo momento los trabajadores supiesen el estado de cuentas real de la empresa.

Por tanto, sin una estructura económica y social preparada y sin los trabajadores en puestos de decisión en los procesos productivos y en las resoluciones económicas, no es viable en España lo dicho por Merkel, si quiere que los trabajadores dejen de ser trabajadores, los empresarios deberán dejar de ser empresarios.




¿Por qué se habla de Merkel y no se habla de nuestro Presidente de Gobierno? Porque parece que José Luis Rodríguez Zapatero haya abdicado, toma las medidas económicas que le dice Merkel u Obama, cuando hay una crisis como la de los controladores aéreos y se decreta el estado de alarma, sale el Vicepresidente en lugar del Presidente, lo dicho parece que haya abdicado... y batiendo récords de desempleo.

viernes, 4 de febrero de 2011

ATRASOS

Debido a la subida del 3% del IPC en el año 2.010 y como nuestra subida salarial para el año 2.010 era de un 0,85%, en la nómina de febrero se percibirán los atrasos tal y como marca nuestro Convenio. Los atrasos sólo son de los últimos seis meses, ya que en el mes de junio fue cuando el IPC superó el 0,85%.
La nueva tabla salarial consolidada es:

ACUERDO SOCIAL Y ECONÓMICO

El Gobierno, la CEOE y los sindicatos mayoritarios llegaron a un acuerdo para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones. El pacto gira en torno a este último aspecto, la reforma de las pensiones, el derecho legal a jubilación se sitúa con carácter general en un intervalo entre 63 y 67 años (en situaciones de crisis se podría reducir la edad mínima a los 61 años), se incorpora el concepto de carrera laboral completa ante la Seguridad Social para los trabajadores que hayan cotizado 38 años y seis meses.
La edad de jubilación de los trabajadores que acumulen la carrera laboral
completa será a partir de los 65 años. Para el resto la edad de jubilación se fija
en 67 años.
El paso de 65 a 67 años se aplicará progresivamente en el periodo
comprendido entre 2013 y 2027, con un ritmo de un mes por año hasta 2018 y
de dos meses por año desde 2019 a 2027.
La cotización de 35 años a 38 años y seis meses para acceder a la jubilación a
los 65 años se producirá en un periodo transitorio iniciado en 2013 y finalizado
en 2027, con una cadencia de tres meses cada año.
Los trabajadores podrán jubilarse de forma voluntaria a partir de los 63 años de
edad con un mínimo de 33 años de cotización. El coeficiente reductor anual
será del 7,5% por año de anticipo sobre la edad ordinaria de jubilación en cada
caso.
El periodo de cálculo de la base reguladora de la pensión pasará de 15 a 25
años.
La elevación se realizará progresivamente a razón de un año desde 2013 a
2022.
Básicamente, éste es el grueso del acuerdo, todo lo demás, políticas activas de empleo, política industrial, política energética, política de innovación y criterios básico para la reforma de la negociación colectiva, ni aclara demasiado ni especifica gran cosa, es más una declaración de intenciones.
El Acuerdo Social y Económico completo:


Resumiendo, a pesar del acuerdo, en general, hay que trabajar más y recibiremos menos pensión al jubilarnos.

viernes, 28 de enero de 2011

LA EMPRESA RECURRE AL TRIBUNAL SUPREMO

La Empresa ha recurrido ante el Tribunal Supremo el fallo que dictaminó el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que dio la razón a los trabajadores en el conflicto colectivo.

sábado, 15 de enero de 2011

¿PARA QUÉ SIRVE UNA HUELGA GENERAL?

Tras las últimas reuniones entre los sindicatos mayoritarios y el Ejecutivo, se han endurecido las condiciones del despido objetivo y se variarán algunos aspectos de la negociación colectiva.
La pregunta es, ¿sin la huelga general del 29 de septiembre se hubiera llegado a estos acuerdos? Parece claro que no, que gracias a la huelga general se acercan posturas. Por otro lado, es lógico que se piense que esto es una concesión del Gobierno a cambio de que se acepte la jubilación a los 67 años, el Presidente del Gobierno ha dicho por activa y por pasiva que la jubilación será a los 67 años, pero las condiciones que determinen esa jubilación son las que hay que pactar, y siempre es mucho mejor que se dialogue y que se escuche a los trabajadores para que la medida sea lo menos lesiva posible.
Hay muchos trabajadores y trabajadoras que hicieron huelga por sus ideales pero que no creían que se iba a conseguir gran cosa, pero, como se ve, siempre se consigue alguna cosa. La principal arma que tenemos los trabajadores es la unidad y unidos se consiguen cosas, ya que somos mayoría. También hay que recordar que los dirigentes de este país, son nuestros representantes, es decir, que los ponemos o los quitamos a través de nuestro voto.
Por todo esto, nunca hay que caer en el desánimo y siempre hay que pensar que las cosas pueden ser de otra manera, lo importante es huir de la desidia y luchar por un mundo más justo. La huelga general del 29 de septiembre (como las anteriores huelgas generales) sí que ha servido de algo, gracias al esfuerzo y a la solidaridad de todos los trabajadores y trabajadoras.

viernes, 14 de enero de 2011

CAMBIOS EN LA REFORMA LABORAL. SE ENDURECE EL DESPIDO OBJETIVO.

Tras la reunión entre sindicatos y Gobierno, se modifican las condiciones de despido objetivo, las empresas no podrán acogerse al despido objetivo (20 días por año) en caso de pérdidas temporales.

Este jueves se ha conocido que el Ejecutivo propondrá endurecer el despido objetivo de 20 días de indemnización por año trabajado por causas económicas en el marco del desarrollo reglamentario de la reforma laboral, según el borrador del Real Decreto sobre las causas de despido en los expedientes de regulación de empleo (ERE) que el Gobierno ha enviado a las centrales sindicales.

En concreto, el Ejecutivo plantea que las empresas sólo puedan acogerse al despido objetivo por causas económicas (de indemnización de 20 días por año) si demuestran que las pérdidas económicas previstas no van a ser sólo "meramente coyunturales".

Además, la otra cuestión clave de la reforma -la negociación colectiva- también parece que saldrá indemne. Aunque los expertos coinciden en que es necesario modificar este mecanismo, que introduce rigidez, aumenta los costes de las empresas y reduce la competitividad de los productos españoles, parece ser que no se tocará en exceso.

Ver más:

http://www.elpais.com/articulo/espana/Gobierno/hace/guino/UGT/CC/OO/dificultar/despido/barato/elpepiesp/20110114elpepinac_1/Tes

http://www.cincodias.com/articulo/economia/Ejecutivo-permitira-despidos-dias-perdidas-coyunturales/20110114cdscdieco_5/

IPC

El IPC del año 2.010 ha sido de un 3%, según datos facilitados esta mañana por el INE.

Ver:"Enlaces, IPC"

También, ver: http://www.expansion.com/2011/01/14/economia/1294992990.html

ASAMBLEA

Hoy, viernes 14 de enero, ha tenido lugar para los trabajadores de Barcelona, la Asamblea Extraordinaria para la presentación y aprobación de la Plataforma para la negociación del Convenio Colectivo. A las 19 horas se daba por finalizada la Asamblea con una aprobación por mayoría absoluta de la Plataforma.

martes, 4 de enero de 2011

ASAMBLEA

viernes, 31 de diciembre de 2010

SENTENCIA CONFLICTO COLECTIVO. EL TSJC FALLA EN FAVOR DEL COMITÉ DE EMPRESA

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya de la Sala de lo Social ha dictado sentencia en la demanda interpuesta por el Comité de Empresa contra Saint-Gobain Wanner por el incumplimiento del Convenio Colectivo a los trabajadores empleados de la empresa.
Resumiendo, el fallo de la sentencia es el siguiente:

"Estimar la demanda de conflicto colectivo interpuesta por Dª Nuria Becerra Condó, D. Antonio García Martínez y D. Sergio Mateo Belmonte, que actúan en nombre y representación del Comité de Empresa de Saint-Gobain Wanner S.A., reconociendo a los trabajadores afectados por el mismo su derecho a que les sean aplicados los atículos 26,27 y 28 del convenio colectivo de la empresa que regula "las indemnizaciones o suplidos", declarando la nulidad de la medida adoptada por la empresa de aplicar un Reglamento que no ha sido negociado con los representantes legales de los trabajadores, condenando a la empresa demandada, Saint-Gobain Wanner S.A., a estar y pasar por tal declaración, sin hacer pronunciamiento en cuanto a costas."

De todas formas, la sentencia no es firme, existe un plazo de tiempo en que la empresa puede recurrir.

viernes, 24 de diciembre de 2010

FELICES FIESTAS

Desde el Comité queremos desear a todos los trabajadores Felices Fiestas y Feliz Año 2.011.