
JpD, ante los nuevos supuestos de despido objetivo de la reforma laboral, expresa lo siguiente:

Esta nueva degradación de la causalidad en el despido (...) es contraria al derecho constitucional al trabajo que consagra el art.35 de la Constitución que, como ha recordado el Tribunal Constitucional, integra el derecho a no ser despedido sin causa justa.
Nuestra obligación como jueces garantes de los derechos fundamentales de los trabajadores es continuar aplicando las leyes laborales conforme a los principios y valores constitucionales, poniendo freno a los posibles abusos que tan amplias posibilidades de disposición del contrato de trabajo otorgan al empresario.
Seguiremos sin duda en esa línea, obviando las muestras de desconfianza del legislador materializadas en las reformas introducidas a la ley procesal.
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Fuente: www.libremercado.com
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